lunes, 15 de noviembre de 2010

OBLIGACIONES LABORALES

1. APORTES PARAFISCALES

  • 4% para el subsidio familiar (Cajas de Compensación Familiar)
  • 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) 
  • 2% para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
2. A CUANTO ASCIENDE EL APORTE EN SALUD
  • TRABAJADOR 4:%
  • PATRÓN 8.5%
3. A CUANTO ASCIENDE EL APORTE EN PENSIÓN
  • TRABAJADOR 4%
  • PATRÓN 12%
4. QUIENES APORTAN AL FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL
Trabajadores que devenguen un sueldo igual o mayor a 4 salarios mínimos actuales vigentes, aportan el 1% ($2060000)

5. CADA VEZ QUE SE VINCULA UN TRABAJADOR QUE OBLIGACIONES CONTRAE EL EMPLEADOR
  • Cancelar como mínimo el Salario mínimo
  • Afiliarlo a salud, pensión y caja de compensación
  • Pagar las incapacidades, salarios y prestaciones
  • Dotación


6. PRESTACIONES SOCIALES QUE TIENE DERECHO UN TRABAJADOR
  • Prima de servicios: a quien labore todo el semestre o proporcionalmente por fracción igual o superior a la mitad del respecto semestre
  • Calzado y vestido laboral: dotación apropiados a la labor que desempeña el trabajador 3 veces al año
  • Cesantía anual: la suma que se liquida a 31 de diciembre deberán ser consignados en los fondos de cesantía a más tardar el 15 de febrero del año siguiente
  • Intereses sobre cesantías: en el pago durante el mes de enero del 12% anual sobre saldos en 31 de diciembre o en las fechas de retiro del trabajador o liquidación parcial en forma proporcional al tiempo de servicios transcurrido entre la fecha señalada y la del retiro
  • Auxilio de transporte: es una suma fija que establece el gobierno por decreto
  • Vacaciones: 15 días hábiles consecutivos de descanso remunerado por cada año de servicios y proporcionalmente por fracción superior a 6 meses
  • Subsidio familiar: es una suma de dinero en pago en especie y en servicios los cuales se prestan y cancelan por una caja de compensación familiar


7. QUE COMPRENDE LAS OBLIGACIONES LABORALES
Hace referencia a los beneficios económicos adicionales al salario, que por ley o en virtud de convenciones de trabajo o pactos colectivos, debe reconocer la empresa a sus trabajadores.

8. SALARIO: Es la retribución que recibe el empleador por prestar sus servicios y eta constituido por el dinero, y todos aquellos valores que reciba en especie como contraprestación directa del servicio, como primas, sobresueldos, bonificaciones, descansos obligatorios, porcentaje en ventas, comisiones, subsidios de transporte.

9. JORNADA ORDINARIA: Es la que convienen las partes, empleado y trabajador. La jornada por día es de 8 horas máximo.

10. A CUANTO ASCIENDE LA JORNADA MÁXIMA LEGAL
Asciende 8 horas por día, 48 horas semanales

11. QUE HORARIO COMPRENDE
  • JORNADA DIURNA: Comprendida entre las 6:00 A.M y las 10:00 P.M
  • JORNADA NOCTURNA: Comprendida entre las 10:00 P.M y las 6:00 A.M


sábado, 13 de noviembre de 2010

25 OBLIGACIONES LABORALES Y 26 PASIVOS ESTIMADOS Y PRIOVISIONES

25 OBLIGACIONES LABORALES
Comprende el valor de los pasivos a cargo del ente económico y a favor de los trabajadores, ex trabajadores o beneficiarios, originados en virtud de normas legales, convenciones de trabajo o pactos colectivos tales como:

  • Salarios por pagar
  • Cesantías consolidadas
  • Prima de servicios
  • Prestaciones extra legales e indemnizaciones laborales

26 PASIVOS ESTIMADOS Y PROVISIONES
Comprende los valore provisionados por el ente económico por concepto de obligaciones para costos y gastos tales como intereses, comisiones honorarios, servicios, así como para atender acreencias en virtud de la relación con sus trabajadores, igualmente para multas, sanciones, litigios, indemnizaciones, demandas, imprevistos, reparaciones y mantenimiento.


PRESTACIONES SOCIALES


  • Prima de servicios: a quien labore todo el semestre o proporcionalmente por fracción igual o superior a la mitad del respecto semestre
  • Calzado y vestido laboral: dotación apropiados a la labor que desempeña el trabajador 3 veces al año
  • Cesantía anual: la suma que se liquida a 31 de diciembre deberán ser consignados en los fondos de cesantía a más tardar el 15 de febrero del año siguiente
  • Intereses sobre cesantías: en el pago durante el mes de enero del 12% anual sobre saldos en 31 de diciembre o en las fechas de retiro del trabajador o liquidación parcial en forma proporcional al tiempo de servicios transcurrido entre la fecha señalada y la del retiro
  • Auxilio de transporte: es una suma fija que establece el gobierno por decreto
  • Vacaciones: 15 días hábiles consecutivos de descanso remunerado por cada año de servicios y proporcionalmente por fracción superior a 6 meses
  • Subsidio familiar: es una suma de dinero en pago en especie y en servicios los cuales se prestan y cancelan por una caja de compensación familiar


APORTES PARAFISCALES

Toda empresa o unidad productiva que tenga trabajadores vinculados mediante Contrato de trabajo debe hacer un aporte equivalente al 9% de su Nómina por concepto de los llamados aportes parafiscales, los cuales se distribuirán de la siguiente forma: 4% para el subsidio familiar (Cajas de Compensación Familiar), 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y 2% para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).